¿Vas a viajar a Estados Unidos y no sabes qué tipo de visa necesitas? Descubre cuál es la ideal según tu motivo de viaje.
Si eres mexicano y estás planeando un viaje a Estados Unidos, conocer los distintos tipos de visa es fundamental para evitar contratiempos. La visa correcta no solo te permitirá ingresar legalmente al país, sino también realizar actividades específicas como turismo, estudios, negocios o trabajo. Cada categoría de visa tiene requisitos y condiciones particulares que debes tener en cuenta antes de iniciar tu trámite.
Este artículo te ayudará a identificar la visa adecuada según el propósito de tu visita, ya sea temporal o con intención de residencia. Además, si ya estás en proceso de Planear tu viaje a Estados Unidos, esta guía es un recurso imprescindible para conocer tus opciones migratorias de forma clara y organizada.
En esta tabla te mostramos los de visa que podrías necesitar dependiendo del propósito de tu viaje a Estados Unidos. Este resumen te ayudará a identificar cuál se ajusta mejor a tu situación personal o profesional.
Categoría | Tipos de visa | Objetivo principal |
---|---|---|
Visas de turista y visitas cortas | B1 / B2 | Turismo, negocios, visitas breves |
Visas de trabajo temporal o especializada | H, L, O, P, TN | Empleos calificados, artistas, transferencias laborales |
Visas de estudio | F, M, J | Estudios académicos, técnicos o intercambios |
Visas para reunificación familiar | IR, F, K | Unir a familiares directos con ciudadanos o residentes |
Visas de inversión y negocios | E1, E2, B1 | Comercio o inversión entre México y EE.UU. |
Visas humanitarias y religiosas | U, T, R | Casos especiales por violencia, trata o motivos religiosos |
Para viajar a Estados Unidos desde México, es clave entender las dos categorías principales de visas: no inmigrante e inmigrante.
Visas de no inmigrante: Para visitas temporales por turismo, trabajo, estudios, salud o intercambios. El objetivo es una estancia breve con intención de regresar.
Visas de inmigrante: Para quienes buscan vivir permanentemente en Estados Unidos, siendo el primer paso hacia la residencia legal.
A continuación, exploramos una de las visas de no inmigrante más comunes:
La visa B1/B2 permite a mexicanos ingresar temporalmente a EE. UU. por turismo, visitas familiares, tratamientos médicos o negocios puntuales (consultas, negociaciones sin empleo). Es ideal para estancias breves disfrutando de la cultura y oportunidades del país.
Para la B1/B2, debes demostrar intención de volver a México, tener recursos para tu viaje y no buscar inmigrar o trabajar ilegalmente. El trámite incluye un formulario online (DS-160), pago y entrevista en la Embajada o Consulado.
La duración de la estancia la decide el oficial al entrar, generalmente hasta seis meses. Con esta visa puedes:
No. La visa B1/B2 es para visitas temporales, no para trabajar en EE. UU. Cualquier empleo remunerado o no, que beneficie a un empleador estadounidense, es una violación grave que puede resultar en deportación y prohibición de futuros ingresos.
Si tu meta es trabajar en EE. UU, más adelante hablaremos sobre las visas de trabajo. Recuerda que elegir la visa correcta es vital para evitar problemas legales y asegurar un viaje sin contratiempos.
¿Quieres trabajar temporalmente en EE. UU.? Conoce tus opciones de visa. Si buscas una oportunidad laboral temporal o especializada en Estados Unidos, existen visas diseñadas para ti. Estas permiten a empresas estadounidenses contratar talento extranjero para cubrir necesidades específicas. ¡Veamos algunas de las más importantes!
En resumen, necesitarás:
Las visas de trabajo temporal requieren que tengas una oferta de empleo concreta y que tu empleador cumpla con los requisitos legales para contratarte. Para iniciar tu proceso, consulta directamente en la Embajada y consulados de Estados Unidos en México. Allí encontrarás detalles oficiales sobre trámites, formularios y requisitos específicos según el tipo de visa.
Para que sea aún más fácil de entender, aquí tienes una tabla con un resumen de las visas de trabajo más comunes:
Visa | ¿Para quién es? | Tiempo aproximado que te dejarán trabajar | Ejemplos de trabajos comunes para mexicanos |
---|---|---|---|
H-2A | Trabajadores agrícolas temporales. | Hasta 1 año, con posibilidad de extensión hasta 3 años. | Cosechadores de frutas y verduras. |
H-2B | Trabajadores temporales no agrícolas. | Hasta 9 meses, dependiendo del empleador y el proyecto. | Construcción, jardinería, hostelería. |
H-1B | Profesionales con estudios universitarios y habilidades especializadas. | Hasta 3 años, renovable por otros 3 (máximo 6 años). | Ingenieros, programadores, analistas, médicos. |
L-1 | Empleados de empresas multinacionales transferidos a EE. UU. | Hasta 1 año inicial (para nuevas oficinas) o hasta 3 años, con extensión máxima de 5 a 7 años. | Gerentes, ejecutivos, especialistas en tecnología. |
O-1 | Personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, negocios, etc. | Inicialmente hasta 3 años, con posibilidad de extensión en incrementos de 1 año. | Artistas reconocidos, científicos con logros importantes. |
P | Atletas, artistas y grupos de entretenimiento. | Hasta el tiempo que dure la competencia o presentación, máximo 1 año. | Músicos, deportistas, actores. |
TN | Profesionales mexicanos en ocupaciones listadas en el T-MEC. | Hasta 3 años, con posibilidad de renovarse indefinidamente. | Ingenieros, contadores, consultores, diseñadores gráficos, científicos. |
Si tienes planes de cursar estudios académicos o vocacionales en Estados Unidos, existen visas específicas para estudiantes internacionales. Las más comunes son la visa F, la visa M y la visa J. ¡Descubramos cuál podría ser la adecuada para ti!
Para poder obtener una visa de estudiante (F o M), deberás ser aceptado y matriculado en un programa de estudios en una institución educativa certificada por el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP). Estas instituciones están autorizadas por el gobierno de EE. UU. para recibir estudiantes internacionales.
Las instituciones educativas certificadas por el SEVP emiten un documento crucial llamado Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Estudiante No Inmigrante. Si una institución te ha aceptado y está autorizada para estudiantes internacionales, te enviará este formulario, el cual es indispensable para tu solicitud de visa. Para la visa J, la institución o el patrocinador del programa de intercambio te proporcionará el Formulario DS-2019, Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio (J-1).
Si eres mexicano con planes de invertir o hacer negocios en Estados Unidos, estas visas son importantes:
Las visas E-1 (Comerciante) y E-2 (Inversionista) son para mexicanos con tratados comerciales con EE. UU. Permiten entrar por negocios o inversiones significativas.
Condiciones clave: Ser mexicano, intención de salir de EE. UU., comercio/inversión importante y negocio real.
La visa B-1 es para viajes temporales de negocios (reuniones, negociaciones), no para trabajar ni invertir sustancialmente.
Importante: Para invertir o trabajar en tu propio negocio, la visa E-2 suele ser la mejor opción. La B-1 es para actividades de negocios breves.
Evalúa bien tus planes para elegir la visa correcta. Consultar con un abogado puede ayudar.
Estados Unidos ofrece visas para personas en situaciones vulnerables o que buscan realizar trabajo religioso. Veamos las principales:
Visa | ¿Para quién es? | ¿Qué ofrece? | Proceso General |
---|---|---|---|
U | Víctimas de ciertos crímenes que han sufrido abuso mental o físico sustancial y cooperan con las autoridades en la investigación o enjuiciamiento del crimen. | Estatus de no inmigrante por hasta 4 años, con posibilidad de ajuste a residente permanente. Permite vivir y trabajar legalmente en EE. UU. | Presentar el Formulario I-918 junto con certificación de una agencia de la ley. Puede haber largos tiempos de espera debido a límites anuales. |
T | Víctimas de trata de personas (tráfico sexual o laboral) que cumplen ciertos requisitos y están dispuestas a cooperar razonablemente con las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de los tratantes. | Estatus de no inmigrante por hasta 4 años, con posibilidad de ajuste a residente permanente. Permite vivir y trabajar legalmente en EE. UU. Protección contra la deportación. | Presentar el Formulario I-914 junto con evidencia de ser víctima de trata. Puede haber largos tiempos de espera debido a límites anuales. |
R | Personas que buscan ingresar a EE. UU. para trabajar temporalmente en una ocupación religiosa para una organización religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos. | Estatus de no inmigrante por un período inicial de hasta 5 años, con posibilidad de extensión hasta un máximo de 5 años en total (para trabajadores religiosos no ministros). Permite trabajar para la organización religiosa patrocinadora. | El empleador religioso debe presentar el Formulario I-129. El solicitante luego aplica para la visa y asiste a una entrevista. Los requisitos incluyen haber sido miembro de la denominación religiosa durante al menos 2 años antes de la solicitud. |
Procesos y tiempo de respuesta: Estos trámites pueden ser complejos y los tiempos de espera varían. Las visas U y T tienen límites anuales, lo que puede generar largas listas de espera. La visa R depende más del empleador y los requisitos del solicitante. En todos los casos, se recomienda asesoría legal profesional.
Para saber qué visa te conviene, lo principal es tener claro para qué vas a viajar a Estados Unidos.
Visita la página de la Embajada de EE. UU. en México. Ahí tienen toda la información sobre cada tipo de visa. Busca las secciones de visa de turista y visa de trabajo para empezar.
La clave: Define bien tu motivo de viaje y revisa la información oficial. ¡Así encontrarás tu visa ideal!
El costo para obtener una visa americana varía según la categoría a la que apliques. Es importante estar al tanto de las tarifas actuales y los posibles gastos adicionales.
Aquí tienes una tabla con las tarifas de solicitud de visa de no inmigrante más comunes (en dólares estadounidenses - USD). Recuerda verificar siempre la información más actualizada en el sitio web oficial de la Embajada de los Estados Unidos en México, ya que las tarifas pueden cambiar.
Tipo de Visa | Tarifa (USD) |
---|---|
Visa de Turista/Negocios (B1/B2) | $185 |
Visa de Estudiante (F, M) | $185 |
Visa de Intercambio (J) | $185 |
Visa de Trabajo Temporal (H, L, O, P, Q, R) | $205 |
Visa de Comerciante/Inversionista (E) | $315 |
Visa de Prometido(a) (K) | $265 |
Además de la tarifa de la visa, considera estos posibles costos adicionales:
Aunque no es un requisito para todas las visas, es altamente recomendable contar con un seguro médico internacional que te proteja en caso de enfermedad o accidente durante tu estancia en Estados Unidos. En Assist Card, puedes cotizar tu seguro fácilmente: selecciona tu región de destino, fechas de viaje y edades de los pasajeros, y haz clic en "Cotizar".
Los tiempos para obtener una cita y el procesamiento de la visa varían según la categoría y la carga de trabajo de la Embajada o Consulado. Es importante planificar con anticipación y revisar los tiempos de espera estimados en el sitio web oficial. Algunas visas pueden tener tiempos de espera más largos que otras.
La entrevista es una parte crucial del proceso de solicitud de visa. Prepararte adecuadamente puede marcar la diferencia.
Recibir una negación de visa puede ser desalentador, pero es importante entender los motivos y saber cómo proceder.
Algunas de las razones más frecuentes por las que se niega una visa americana incluyen:
El oficial consular te informará el motivo general del rechazo durante la entrevista o a través de una carta.
Si tu visa es rechazada, puedes volver a aplicar en el futuro. Sin embargo, es crucial que primero:
Volver a aplicar sin abordar la causa del rechazo inicial probablemente resultará en una nueva negación.
Al viajar desde México a Estados Unidos, existen regulaciones sobre la cantidad de dinero en efectivo que puedes llevar contigo.
No hay un límite en la cantidad de dinero que puedes llevar. Sin embargo, si la cantidad total de moneda o instrumentos monetarios (como cheques de viajero, giros postales, etc.) que tú y tu familia llevan excede los $10,000 dólares estadounidenses, debes declararlo al Customs and Border Protection (CBP) al ingresar o salir de Estados Unidos.
¿Cómo se declara? Debes completar el Formulario FinCEN 105 (Report of International Transportation of Currency or Monetary Instruments) y entregarlo a los oficiales del CBP.
¿Qué pasa si no declaras? No declarar cantidades superiores a $10,000 puede resultar en la confiscación del dinero y posibles sanciones civiles o penales.
La regla aplica a la cantidad total que lleva tu grupo familiar viajando junto.
Es importante ser transparente y cumplir con las regulaciones para evitar problemas al cruzar la frontera.
Conocer las visas americanas para mexicanos es clave para viajar por turismo, trabajo, estudio o familia. Infórmate siempre en los sitios oficiales de la Embajada y Consulados de EE. UU. La honestidad y la preparación son vitales en tu solicitud y entrevista.
Más allá de la visa, recuerda que al viajar a EUA, contar con una asistencia integral es fundamental. Assist Card te ofrece mucho más que un seguro de viaje, brindándote tranquilidad ante imprevistos médicos (urgencias dentales, lesiones, malestares) y no médicos (pérdida de equipaje, retrasos de vuelo, robo de documentos). ¡Viaja protegido ante cualquier eventualidad con Assist Card!
Te mostramos todos los requisitos, tips, lugares e información general que debes conocer para cada destino específico:
Si, a la hora de recoger el equipaje, compruebas que no ha llegado o ha sufrido algún daño, deberás acercarte de inmediato al mostrador de información que suele hallarse próximo a las cintas para dejar constancia de lo ocurrido. La aerolínea deberá entregarte un formulario PIR. Recuerda que el PIR es imprescindible para poder iniciar la búsqueda y es requisito obligatorio para cualquier beneficio económico que incluya tu Assist Card.
El Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.) es el comprobante que te
entregan cuando haces un reclamo por algún problema con tu equipaje
despachado. El reclamo debe hacerse siempre antes de abandonar el
aeropuerto. El no cumplir con esta condición podría afectar ciertos
beneficios que te corresponderían tanto con la aerolínea como a través de tu
producto Assist Card (chequear condiciones particulares en el voucher). El
código PIR tiene una referencia usualmente de 5 letras y 5 números (Ej:
MADAR12345).
Las tres primeras letras son el código internacional del
aeropuerto donde el cliente pone la reclamación y las dos siguientes
corresponden a la compañía aérea. Lo encuentras normalmente en la parte
superior del formulario. Si tu formulario no tiene ese código, por favor
consulta allí para obtenerlo de otra forma, ya que es clave en casos de
pérdida de equipaje para rastrearlo con probabilidad de éxito.
Debes informar a Assist Card dentro de las primeras 24 horas desde el aterrizaje. Puedes hacerlo a través de nuestra app, registrándote en nuestra página web, WhatsApp o a través de nuestros teléfonos. Recuerda que deberás tener a mano una copia del PIR y tu TAG (el talón que te entregó la aerolínea cuando despachaste).
Sí. Este add-on incluye una cobertura por daño o rotura de equipaje. Solo comunícate con Assist Card por cualquier medio para reportar la situación.